SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0634/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0634/2019-S3

Fecha: 13-Sep-2019

a)

La accionante a través de su representante señaló con carácter previo que por lealtad procesal procedió a retirar la demanda contra Luis Meneses Estrada                  -codemandado-, por lo demás, ratificó los términos expuestos en el memorial de acción de libertad, y ampliando los mismos, manifestó que: a) El Estado protege al niño, niña y adolescente, como a su hija que radica en la ciudad de Cochabamba, al estar detenido su padre, la niña quedó totalmente abandonada; asimismo, fue valorado su estado de embarazo de ocho meses en resguardo del derecho a la vida del gestante, razones que dieron lugar a la emisión del Auto de Vista de 10 de mayo de 2019, que ordenó su detención domiciliaria, debiendo trasladarse del Centro Penitenciario Palmasola a la aludida ciudad; empero, la Directora de dicho Centro, señaló no estar a cargo de su traslado, cuando es responsable desde que sale del referido Recinto Penitenciario hasta que la dejen en su casa; b) La orden dispuesta en el mandamiento de detención domiciliaria debe cumplirse y no cuestionarse, no siendo posible que deba tramitarse ante el Comando Departamental de la Policía de Cochabamba a objeto de que se designe un custodio en su domicilio, y que al estar con arresto domiciliario las veinticuatro horas, debe informar al “Juez de Sentencia Penal Sexto” que lleva el control jurisdiccional; pese a ello,  cumplió con todo lo requerido, aspecto no considerado por la autoridad codemandada, misma que se apartó de lo establecido en los arts. 115, que refiere que el Estado garantiza una justicia sin dilaciones, y 180, ambos de la CPE, que expresa que la jurisdicción ordinaria se fundamenta en los principios de celeridad, eficiencia e inmediatez; y, c) Finalmente, no se consideraron las incomodidades para dar a luz en el indicado recinto, por las condiciones de embarazo que tenía, no obstante haber ofrecido correr con los gastos de traslado, viáticos y costos de los policías que ejecuten el mismo, por lo que solicitó se conceda la tutela.