SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0741/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0741/2019-S4

Fecha: 05-Sep-2019

a)

El solicitante de tutela a través de sus abogados, en audiencia ratificaron el tenor íntegro de la acción de libertad presentada, y ampliando la misma manifestó que: a) El Juez ahora demandado dijo que no llevó a cabo la audiencia por que tenía otra con un detenido, y que había una acusación en su contra por lo que envió el cuaderno procesal al Tribunal de Sentencia Penal Primero-Juzgado de Partido de Sentencia Penal de Riberalta del departamento de Beni, sin considerar que la petición del acto procesal de cesación a la detención preventiva fue hecha con anticipación; b) La certificación de la Secretaria del referido Juzgado, señaló que, se remitió el mencionado cuaderno el 29 de marzo de 2019; sin embargo, la audiencia debía llevarse el 28 de igual mes y año; c) La autoridad judicial demandada no presentó ningún descargo que haga notar la existencia de otra audiencia de medidas cautelares, que se llevó a cabo –respecto a Jesús Reinaldo Piuma–; d) No solo se vulneraron sus derechos, sino que se incurrió en faltas disciplinarias por parte del Juez demandado, ya que, tenía que fijar la audiencia dentro del plazo de cinco días y no como en caso después de siete días; asimismo, suspendió anteriormente un acto procesal alegando la inasistencia del representante de “DEMUNAR”, siendo que no es posible suspender la misma; y, e) Ante la reiteración de señalamiento de audiencia, fue fijada para después de siete días y nunca se instaló; asimismo, su memorial de solicitud de reanudación de audiencia, fue decretado después de cuatro días, por lo que, pidió se ordene la realización de la audiencia en el plazo de veinticuatro horas.