SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0752/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0752/2019-S4

Fecha: 10-Sep-2019

a)

El accionante a través de su abogado, en audiencia ratificó el tenor íntegro de la acción de libertad presentada y ampliando la misma expresó que: a) La autoridad judicial demandada tenía pleno conocimiento de la resolución apelada; sin embargo, dilatando su resolución, emitió la providencia de 16 de mayo de 2019, manifestando que no se indicó el número de la Resolución que se estaba impugnando; b) Para evitar otras observaciones, el 17 del indicado mes y año, interpuso recurso de reposición advirtiendo al Juez sobre el error, señalando no tenía competencia para efectuar la referida observación, dado que sobre ese aspecto le correspondía pronunciarse al Tribunal de alzada, por lo que el 20 de mayo 2019, el Juez de la causa emitió una providencia admitiendo el recurso de apelación y corriendo traslado a la parte adversa y al Ministerio Público para su repuesta, además de conminar a la parte apelante que provea de las copias necesarias, dando presumiblemente el trámite establecido en el art. 403 del CPP, cuando la apelación que formuló fue en base al art. 251 del citado cuerpo normativo; y, c) El Juez ahora demandada, recién remitió su apelación ante el Tribunal de alzada, el 21 del referido mes y año, incurriendo en una dilación innecesaria para cumplir con la remisión del cuaderno de control jurisdiccional.