SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0761/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0761/2019-S4

Fecha: 11-Sep-2019

1)

Faty Parra Peña, por intermedio de sus abogados, en audiencia señaló que: 1) No es posible la nulidad de la Resolución 14/2017 –siendo lo correcto 34/2017– de 2 de junio, emitida por la Jueza Disciplinaria Tercera del Distrito Judicial de Santa Cruz del Consejo de la Magistratura, porque el plazo para presentar la misma, vía acción de amparo constitucional, se encuentra fuera de los seis meses; como por el hecho de que la indicada Resolución fue apelada por el interesado; 2) El Tribunal de apelación explicó de manera fundamentada la razón del porqué dispuso el rechazo del recurso interpuesto y no es posible pretender que la acción de amparo constitucional se constituya en instancia de casación, pretendiendo la revalorización de la prueba; y, 3) El accionante no explicó cuál es la vulneración concreta acusada, pues si bien refirió el debido proceso, solicitando con base en ello la anulación de la Resolución impugnada, empero, no señaló cual sería la forma de resolver el recurso por el Tribunal. Con base en tales argumentos, solicitó se deniegue la tutela impetrada.