SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0764/2019-S2
Fecha: 04-Sep-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
En audiencia de revocatoria de medidas cautelares de 10 de mayo de 2019, los Jueces del Tribunal de Sentencia Penal Primero, Juzgado de Partido y de Sentencia Penal de Caranavi del departamento de La Paz, emitieron “resolución No 17/2019”, restringiendo su derecho fundamental a la libertad, cuando la regla es la libertad y la excepción su restricción; empero, ninguno de los miembros del citado Tribunal, aplicaron tal principio y de manera deliberada presionados por la supuesta víctima, emitieron la mencionada Resolución lesionando derechos constitucionales, sin considerar que tiene a su cargo una hija menor de edad; por lo que, se formuló el recurso de apelación en audiencia conforme al art. 251 del Código de Procedimiento Penal (CPP).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- Fragmento 7
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho y el plazo para la remisión de antecedentes ante el tribunal de alzada, frente a un recurso de apelación incidental
- Fragmento 13
- III.2. Análisis del caso concreto
- establezca inclusive el plazo para la remisión de los antecedentes
- REVOCAR en parte
- Fragmento 17
- MAGISTRADO