SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0786/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0786/2019-S1

Fecha: 04-Sep-2019

II.4.

II.4. Por providencia de 27 de agosto de 2018, la Escuela Técnica de Salud Boliviano Japonesa de Cooperación Andina, indicó que: “sin perjuicio de que la solicitante presente fotocopia del documento de identidad, en cumplimiento a lo establecido en el art. 24 de la C.P.E.P., bajo el principio de informalismo que hace a la actividad administrativa, se le extienda por Secretaría de Dirección, fotocopias legalizadas de los informes e instructivo solicitados; por otro lado, en relación a la solicitud de fotocopia legalizada de Resolución Ministerial y Decreto Supremo, las mismas deben ser reconducidas ante autoridad legal competente, ya que la Escuela Técnica de Salud no se encuentra facultada para la emisión de dichas fotocopias legalizadas, por otro lado, al ser nuestra institución una entidad Desconcentrada del Ministerio de Salud, la misma no tiene personalidad jurídica propia” (sic [fs. 50]).