SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0808/2019-S1
Fecha: 04-Sep-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público por la comisión del delito de transporte de sustancias controladas, el 9 de febrero de 2019, se sometieron a la salida alternativa de procedimiento abreviado, habiéndoseles impuesto la pena de ocho años de presidio; por lo que, estando en vigencia plena el Decreto Presidencial 3756 de 16 de enero de 2019, que concede indulto total a todas las personas que cuenten con sentencia condenatoria de ocho años de presidio, presentaron las respectivas carpetas de solicitud de indulto ante la Dirección Departamental de Régimen Penitenciario de Cochabamba, instancia que previa verificación y cumplimiento de todos los requisitos formales, determinó la procedencia de este beneficio, por lo cual, se emitieron las Resoluciones Administrativas de Procedencia del Indulto 0017/2019 de 18 de marzo y 0016/2019 de 16 de abril, remitiéndolas ante la Dirección Nacional de Régimen Penitenciario de La Paz. Cumplidos los trámites pertinentes, ambas carpetas fueron devueltas a la referida Dirección Departamental, instancia que su vez las derivó ante el Juez de Ejecución Penal Primero de Cochabamba hoy demandado, para la homologación de las resoluciones administrativas y consecuentemente extienda los mandamientos de libertad a su favor, en cumplimiento del art. 11.5 del parágrafo IV del referido Decreto Presidencial.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y sus alcances con relación al debido proceso
- Al respecto, la doctrina desarrollada por el entonces Tribunal Constitucional, estableció que la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; caso contrario, deberá ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional,
- …para que la garantía de la libertad personal o de locomoción pueda ejercerse mediante el recurso de hábeas corpus cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido deben presentarse, en forma concurrente, los siguientes presupuestos: a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR