Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0811/2019-S2
Fecha: 11-Sep-2019
II.3.
II.3. Por Auto de Vista S-36/2017 de 30 de enero, la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, revocó en parte la Sentencia 56/2015 y deliberando en el fondo declaró probada la demanda, en consecuencia la nulidad de contrato de compra venta suscrito mediante Escritura Pública 523/2003 por Zoila Vigano de Antezana a favor de Guido Javier Franklin Vigano, quedando firme y subsistentes los demás términos de la sentencia, sin costas ni costos ( Fs. 553 a 558 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.6.
- que toda resolución debe exponer los hechos y el fundamento legal de la decisión, de manera que en caso de omisión, se estaría vulnerando dicho derecho.
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
- relevancia constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto.
- MAGISTRADO
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)