SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0812/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0812/2019-S4

Fecha: 12-Sep-2019

I.2.1. Ratificación de la acción

Los accionantes a través de su abogado, se ratificaron en el contenido expuesto en sus memoriales de acción de amparo constitucional y ampliandola, expusieron que el principio iura novit curia, debe respetar el derecho de las partes en proceso, que en el presente caso es la igualdad, en tal razón, solicitaron se respete el derecho a que las partes puedan ingresar a un juicio con las misma reglas, potestades y facultades, dado que, el órgano judicial generó para ellos una desventaja abierta, que se subsume en la doctrina constitucional como indefensión provocada, habiendo incluso el Juez de primera instancia citado el AS 15/2012 de 23 de marzo, cuya doctrina legal aplicable es inexistente en cuanto a la materia de autos y el razonamiento aplicado en dicho fallo refiere a un proceso de divorcio, que no se subsume al caso en análisis.