SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0814/2019-S4
Fecha: 12-Sep-2019
II.2.
II.2. Contra la citada decisión, la denunciante formuló recurso de apelación el 29 de noviembre de 2019, cuestionando en síntesis, lo siguiente: a) No demandó el incumplimiento de contrato su resolución ni el pago de daños y perjuicios sino la lesión de bienes jurídicos; b) En el caso concreto se da la figura de los contratos criminalizados; c) El denunciado desde muchos meses antes de la venta de los parqueos, tenía conocimiento que existían faltantes de metros y que los existentes no cumplían las condiciones estipuladas en el contrato; en consecuencia, actuó con dolo con el objeto de lucrar a costa de Banco Fassil S.A.; en consecuencia, el Jueza inferior, de forma parcializada sólo tomó en cuenta la documentación presentada por la parte incidentista (fs. 290 a 294 vta.).