SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0819/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0819/2019-S1

Fecha: 04-Sep-2019

III.2.

La impetrante de tutela considera como vulnerados sus derechos a la libertad de locomoción, al debido proceso, al acceso a una justicia pronta y oportuna, a una protección efectiva por parte de la Jueza en relación a su derecho a la libertad y los principios de celeridad, probidad, eficacia, eficiencia e inmediatez; puesto que, cuando solicitó la suspensión condicional de la pena cumpliendo con los requisitos exigidos por el art. 366 del CPP no se tramitó la misma, pues la autoridad demandada, dispuso que previamente se notifique a la Defensoría de la Niñez y Adolescencia con la Resolución 166/2019 de     21 de febrero condenatoria y una vez ejecutoriada la misma, se atendería lo impetrado; asimismo, no se pronunció sobre el recurso de reposición interpuesto, acciones que vulneran sus derechos; toda vez que, no puede resolver su situación jurídica; por ello, solicita se ordene a la autoridad demandada resuelva su petición de suspensión condicional de la pena.

De los antecedentes conocidos por este Tribunal que cursan en el expediente se tiene que, dentro el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra la accionante, por la presunta comisión del delito de violencia familiar y doméstica previsto por el art. 272 bis del Código Penal (CP); la nombrada, en audiencia de 21 de febrero de 2019 se sometió a procedimiento abreviado y fue condenada a pena privativa de libertad de tres años mediante Resolución 166/2019, emitida por la Jueza de Instrucción Anticorrupción contra la Violencia hacia la Mujer Cuarta del departamento de La Paz -ahora demandada-, a cumplirse en el Centro de Orientación Femenina de Obrajes del departamento de        La Paz; por lo que, mediante memorial de 26 de febrero de 2019 solicitó la suspensión condicional de la pena, adjuntando su certificación de REJAP que evidencia que no registra antecedentes judiciales por un delito anterior; sin embargo, la Jueza -ahora demandada- dejó en suspenso lo solicitado, disponiendo que con carácter previo se notifique a la Defensoría de la Niñez y Adolescencia con la Resolución señalada para su posterior consideración.