SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0819/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0819/2019-S1

Fecha: 04-Sep-2019

III.3.

           De acuerdo a la revisión de los datos de la presente acción tutelar, corresponde señalar que la Resolución 7/2019, que resolvió esta acción de libertad por el Tribunal de Sentencia Penal Tercero del departamento de La Paz, en su calidad de Tribunal de garantías, fue emitida el 17 de abril de 2019. En ese sentido, su remisión a este Tribunal Constitucional Plurinacional recién se efectuó el 17 de mayo de igual año, conforme se tiene a partir de la guía de despacho 7256171 cursante a fs. 27 de obrados, esto es en forma posterior al plazo establecido en el art. 126 IV de la CPE, y art. 38 del Código Procesal Constitucional (CPCo), el cual dispone que: “La resolución y antecedentes de la Acción de Defensa se elevará de oficio, en revisión ante el Tribunal Constitucional Plurinacional en el plazo de veinticuatro horas siguientes a la emisión de la resolución”, por consiguiente se advierte inobservancia a la norma procedimental en cuanto a la remisión oportuna de esta acción de defensa al Tribunal Constitucional Plurinacional; consecuentemente, se llama la atención al Tribunal de garantías, para que en futuras acciones tutelares que sean de su conocimiento, observen los plazos que rigen a este mecanismo de defensa.