Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0826/2019-S4
Fecha: 12-Sep-2019
II.2.
II.2. Consta las Resoluciones 214/2019 y 215/2019 ambas de 24 de abril; y, 234/2019 de 6 de mayo, emitidas por Lorena Maureen Camacho Ramírez, Jueza Pública de Instrucción Penal Tercera del departamento de La Paz, en las que declaró infundadas las excepciones de falta de acción, extinción de la acción penal y el incidente de actividad procesal defectuosa por defecto absoluto (fs. 97 a 106).
- acción de libertad
- a)
- 1)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- el acoger mediante una acción de libertad otros elementos del debido proceso que no estén vinculados directamente con el derecho a la libertad, resultaría desconocer la voluntad del legislador y desnaturalizar el alcance jurídico-constitucional de la acción de amparo constitucional y de esta propia acción
- causa directa de supresión o restricción del derecho a la libertad
- III.2.
- i)
- causa de privación al derecho de libertad
- CONFIRMAR