SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0847/2019-S2
Fecha: 17-Sep-2019
II.2.
II.2. Los demandados miembros de la Asociación de Comerciantes Minoristas Por Cuenta Propia MALL NUEVA ALIANZA II-La Paz, mediante carta notariada de 6 de octubre de 2018, dirigida al accionante le conminan: 1) Informarles en qué estado se encuentra la construcción; 2) Proporcione en fotocopias simples, la documentación referida al inmueble y la construcción que se viene realizando, incluyendo planos aprobados y resoluciones de la Alcaldía; 3) Abstenga de ofrecer a otras personas o entidades los mismos locales comerciales que les vendió; y, 4) Informe sobre las obligaciones que está contrayendo, donde comprometa el edificio, porque tienen invertido en dicho inmueble. Asimismo le piden que dentro del plazo de cinco días, señale día, lugar y hora para tener una reunión para que informe (fs. 21).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La labor de la justicia constitucional ante la constatación de denuncias de actos vinculados a medidas o vías de hecho o, justicia por mano propia
- Fragmento 12
- REVOCAR