SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0847/2019-S2
Fecha: 17-Sep-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, alega que los ahora demandados, con quienes suscribió la pre venta de locales comerciales, mediante medidas de hecho que restringen el ejercicio de su derecho a la propiedad privada, ejercen presión y amenaza para la toma física de la propiedad, además que de manera pública y ostensible en medios públicos y de televisión se autoproclaman dueños del inmueble que es de su legítima propiedad; habiendo conformado un grupo de diecisiete personas, que ejercen justicia por mano propia, pretendiendo que haga o no alguna cosa determinada, a lo que se añade que le exigen, les explique sus movimientos económicos, a quien vende los locales comerciales, perturban el trabajo de la construcción de la obra, no le permiten ejercer actos de comercio, solicitar préstamos bancarios y efectuar hipotecas; es decir, que le restringen su derecho propietario.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La labor de la justicia constitucional ante la constatación de denuncias de actos vinculados a medidas o vías de hecho o, justicia por mano propia
- Fragmento 12
- REVOCAR