SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0853/2019-S2
Fecha: 17-Sep-2019
1)
Solicita se le conceda la tutela y se disponga lo siguiente: 1) Se restituya su derecho a la justicia pronta y oportuna; 2) Se respondan los memoriales, “informes y otros que ingresan a despacho y dentro del plazo que establece la ley” (sic); 3) Se ordene a los investigadores que me informen sobre las actuaciones en el plazo establecido por ley; 4) Se ordene a los investigadores asignados al proceso se notifique con el acta de juramento del perito informático, además de informar sobre el dictamen pericial informático respecto al examen a los equipos celulares de la víctima y de los dos imputados; y, 5) Que a futuro se hagan conocer los requerimientos fiscales que solicite, en ejercicio de sus derechos y garantías constitucionales, dentro del plazo de veinticuatros horas de acuerdo a procedimiento.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- Fragmento 7
- denegó
- II.1.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- sin embargo, en los casos que se encuentran involucrados menores de edad, por la protección reforzada que merecen las niñas, niños y/o adolescentes, la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad no puede ser aplicada, encontrándose constreñidas las autoridades a conocer y resolver cualquier denuncia interpuesta
- La acción de libertad traslativa o de pronto despacho, busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando se denuncian dilaciones indebidas, en los trámites donde se debe resolver la situación jurídica de una persona
- este Tribunal Constitucional, agregó a la tipología del hábeas corpus desarrollada por la jurisprudencia, al hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, el cual se constituye en el mecanismo procesal idóneo para operar en caso de existir vulneración a la celeridad cuando esté relacionada a la libertad y devenga de dilaciones indebidas, que retardan o evitan resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos dentro de los plazos razonables, pues de no hacerlo podría provocar una restricción indebida del citado derecho
- razón por la que, toda autoridad judicial o administrativa esta impelida de actuar con la mayor diligencia o dentro de los plazos señalados, en aquellos casos en los que se encuentra de por medio la libertad del encausado,
- III.3. Análisis del caso concreto
- …en los casos que se encuentran involucrados menores de edad, por la protección reforzada que merecen las niñas, niños y/o adolescentes, la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad no puede ser aplicada, encontrándose constreñidas las autoridades a conocer y resolver cualquier denuncia interpuesta”
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