SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0853/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0853/2019-S2

Fecha: 17-Sep-2019

I.2.2. Informe de las autoridades demandadas

Teodoro Molina Salazar, Juez Público de Familia Cuarto de la Capital del departamento de La Paz a través de  informe escrito de 24 de mayo de 2019, cursante  a fs. 21, señaló: Que dejó de suplir al Juzgado de la Niñez y adolescencia Primero del mismo departamento desde el 22 de mismo mes y año; en cuanto a la providencia del 15 de igual mes y año, instruyó que por secretaría se emita control jurisdiccional a la representante del Ministerio Público; y, que la Fiscal puso en conocimiento los informes solicitados como se acredita en el memorial cursante de fs. 500 a 507 de la carpeta principal.

Rosario Merlo Villca, Fiscal de Materia, en audiencia indicó que: El 27 de noviembre de 2018, el Ministerio Público emitió un requerimiento fiscal al Instituto de Investigaciones Técnico Científicas de la Universidad Policial (IITCUP) en relación al desdoblamiento, congelamiento y extracción de imágenes “consistentes al hecho” penal. Para que el requerimiento remita dos informes, debe remitir el cuaderno de investigación qué debe guardar la defensa una vez prestado juramento. Se notificó a todas las partes, además de recalcar, que en los procesos donde intervienen adolescentes, de acuerdo a la ley, tienen 90 dias para realizar los actos investigativos. Si hubo las notificaciones y si existe la des formalización de los actos investigativos, el accionante solicita que los investigadores -Teniente Medina-, se notificaran con ambos requerimientos; el perito tiene que ir al despacho para realizar el juramento, en donde está la firma del juramento del perito.