SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0869/2019-S1
Fecha: 11-Sep-2019
II.3.
II.3. Consta memorial presentado el 23 de mayo de 2019, por la Fiscal de Materia –ahora demandada–, solicitando declinatoria por “jurisdicción y competencia ante el Juez de Instrucción Penal Primero del departamento de La Paz, alegando, que si bien el 14 del citado mes y año, se informó acerca del inicio de investigación a denuncia de Paola Mariana Piérola Abasto por la comisión del delito de estafa, el 17 del mismo mes y año, los representantes del Ministerio de Educación presentaron denuncia dentro del mismo caso, ampliando por el delito de contribuciones y ventajas ilegítimas de servidora o servidor público, por lo que –entiende que– de acuerdo al informe del investigador asignado al caso, correspondería se remita a la “División de Delitos de Corrupción Pública de la FELCC”, razones por las cuales ya no le compete continuar con la investigación del caso, debiendo declinar competencia y remitir a la autoridad competente como son los jueces de instrucción anticorrupción y de materia contra la violencia hacia las mujeres (fs. 39).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido
- las lesiones al debido proceso están llamadas a ser reparadas por los mismos órganos jurisdiccionales que conocen la causa, lo que implica que quien ha sido objeto de esa lesión, debe pedir la reparación a los jueces y tribunales ordinarios, asumiendo activamente su rol dentro del proceso, a través de los medios y recursos que prevé la ley
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- III.2.
- Primer supuesto:
- 1)
- CONFIRMAR