SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0871/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0871/2019-S2

Fecha: 25-Sep-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido a instancia del Ministerio Público, por la presunta comisión del delito de violación, se dispuso su detención preventiva en el Penal de San Pedro de Oruro; por lo que, solicitó la cesación de dicha detención: empero su petición que fue rechazada mediante Auto Interlocutorio de 20 de febrero de 2019, contra el cual se interpuso recurso de apelación, posteriormente fue desarrollada otra audiencia de cesación de la detención preventiva, que igualmente se rechazó, mediante Auto Interlocutorio y no fue apelada por ninguna de las partes, entretanto solicitó en tres ocasiones se señale la audiencia respectiva.

En ese contexto, alega que Freddy Escobar Peña, Juez Público Mixto, e Instrucción Penal Primero de Curahuara de Carangas del departamento de Oruro, sin tomar en cuenta que el recurso de apelación tiene efecto devolutivo; es decir, que no suspende la tramitación de la causa, menos aún si se trata de la consideración de la libertad, habiendo una resolución ejecutoriada de rechazo a la detención preventiva, de manera injustificada rechazó el señalamiento de audiencia, argumentando que previamente se conozca el resultado del recurso de apelación incidental; sin embargo, hasta la fecha de interposición de la presente acción de defensa, no existe respuesta alguna a su solicitud de audiencia de cesación a la detención preventiva.