SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0873/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0873/2019-S2

Fecha: 25-Sep-2019

i)

En uso de su derecho a la réplica mencionó que: i) Si hubiese presentado su renuncia ante el órgano electoral y retractado posteriormente, sí serían hechos consentidos porque lo efectuó ante una instancia competente; y, ii) Por un lado, la parte demandada reconoce que no se le está dejando ingresar a su fuente laboral y por otro se pretende amparar en un estatuto interno del MAS-IPSP.

El accionante considera vulnerado sus derecho al trabajo y a la dignidad por cuanto: i) Habiendo sido elegido Concejal del Gobierno Autónomo Municipal de Huanuni en las elecciones municipales del 2015, a partir del 28 de noviembre de 2018, los demandados ejercieron actos de presión en su contra con la finalidad de que renuncie a su cargo de Concejal Municipal del señalado Gobierno y en su lugar ejerza su suplente, además que, mediante Resoluciones 002/2018, emitida por la Dirección provincial Pantaleón Dalence del MAS-IPSP y 011/2018, pronunciada por la Central de Mujeres Campesinas Originarias de la Provincia Pantaleón Dalence “Bartolina Sisa”, desconocieron su cargo de Concejal y Presidente del Concejo, así como determinaron la toma de su oficina para impedir su ingreso y salida de su fuente laboral; y, ii) Denigraron su dignidad mediante insultos expresados en pancartas pegadas en los ambientes del Consejo Municipal, y a través de acciones que le obligaron a efectuar, como por ejemplo a ponerse una manta y pollera en el pasillo de la institución.