SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0873/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0873/2019-S2

Fecha: 25-Sep-2019

SC 1212/2010-R de 6 de septiembre

…funcional y transversal con relación a todas las entidades públicas, pues su objeto es ejercer el control social a la gestión pública en todos los niveles del Estado y el gobierno, esto es a nivel central y de las entidades territoriales autónomas, autárquicas, descentralizas y desconcentradas y a las empresas e instituciones públicas, mixtas y privadas que administren recursos fiscales, en lo que se refiere, entre otros, a participar en la formulación de las políticas públicas del Estado, construcción colectiva de leyes, manejo transparente de los recursos fiscales y otras que determine la ley marco general para el ejercicio del control social que promulgue en un futuro el órgano legislativo, en desarrollo de lo dispuesto por el art. 241.IV de la CPE.

Del mismo modo, también otro de los fines del control social radica en el control a la gestión pública de todos los niveles de gobierno y que, ante una disconformidad, pueden solicitar el cese de sus funciones, de ahí que el rol del control social también implica el cese de funciones de las autoridades elegidas por voto ciudadano en las entidades territoriales autónomas municipales, y sobre aquello la SCP 1034/2013, en el Fundamento Jurídico III.3, estableció que:

…del desarrollo legal contenido en la Ley 341, es posible concluir que cualesquiera de la tipología de actores de la sociedad civil organizada previstos en el art. 7 de la Ley de Control Social (LCS), como son: 1. Orgánicos, es decir, sectores sociales, juntas vecinales y/o sindicales organizados, reconocidos legalmente; 2. Comunarios, vale decir, aquéllos que corresponden a las naciones y pueblos indígena, originario campesinos, las comunidades interculturales y afrobolivianas, y todas las reconocidas por la Constitución Política del Estado, que tienen su propia organización; 3. Circunstanciales, es decir, aquéllos que se organizan para un fin determinado, y que cuando el objetivo ha sido alcanzado, dejan de existir; tienen, en el marco de la Constitución Política del Estado y de la Ley de Control Social, entre otras, las siguientes atribuciones.