SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0895/2019-S1
Fecha: 12-Sep-2019
denegó
El Tribunal de Sentencia Penal Primero del departamento de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 13/2019 de 7 de junio, cursante de
fs. 26 a 29, denegó la tutela solicitada, manifestando que conforme a los antecedentes, la accionante, fue aprehendida el 6 de junio de 2019, por personas particulares para luego ser puesta a conocimiento del Fiscal de Materia de turno, quien presenta imputación formal, dando el respectivo informe de investigaciones dentro del plazo previsto en el Código de Procedimiento Penal; consiguientemente, al existir un Juez contralor de garantías constitucionales en la etapa preparatoria, la impetrante de tutela debió acudir ante dicha autoridad jurisdiccional respecto a algún reclamo en relación a la aprehensión sufrida y no acudir a la presente acción de libertad por el carácter -excepcional- subsidiario de la misma, citando al respecto la SC 0080/2010-R de 3 de mayo.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- COMETIDO PÚBLICAMENTE Y ANTE TESTIGOS
- SSCC N°0534/2006-R, 0452/2006-R; 0181/2005-R; 0957/2004-R Y 562/2004-R
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- el Juez de Instrucción en lo Penal dentro de la etapa investigativa, es la autoridad encargada del control jurisdiccional de la investigación, así como de los actos del Ministerio Público y los funcionarios policiales, determinando que toda persona que considere la existencia de una acción u omisión que lesione su derecho a la libertad dentro de dicha etapa, debe inexcusablemente con carácter previo a acudir a este medio de defensa efectuar sus reclamos ante el Juez cautelar para que dentro de un plazo razonable éste se pronuncie sobre la legalidad o ilegalidad de su arresto o aprehensión, ordenando lo que en derecho corresponda, y en caso de persistir la supuesta lesión, recién activar la presente acción de libertad como medio de defensa
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR