consulta la Resolución Ejecutiva 544/2019 de 18 de diciembre, cursante de fs. 41 a 43 vta., pronunciada por el
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

consulta la Resolución Ejecutiva 544/2019 de 18 de diciembre, cursante de fs. 41 a 43 vta., pronunciada por el

Fecha: 24-Ene-2020

II.2.  Marco normativo constitucional y legal

Por su parte, el art. 73.2 del CPCo, precisa que la acción de inconstitucionalidad concreta procederá: “…en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales”.

Asimismo, el art. 81.I del mismo Código, en cuanto a la oportunidad de interposición de la acción de inconstitucionalidad concreta, dispone que: “…podrá ser presentada por una sola vez en cualquier estado de la tramitación del proceso judicial o administrativo, aún en recurso de casación y jerárquico, antes de la ejecutoría de la Sentencia”.