SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2020-S4

Fecha: 20-Ene-2020

a)

Yanet Noemí Paniagua Villa, Jueza del Tribunal de Sentencia Penal Séptimo del departamento de Santa Cruz, en audiencia manifestó que : a) Es falso lo manifestado por el impetrante de tutela porque no fueron múltiples solicites de  aplicación de  procedimiento abreviado, solo fueron dos, se le negó la primera porque no cumplió con los requisitos, debió acompañar el acuerdo con el Ministerio Público, por lo que arbitrariamente no se puede señalar audiencia si no se cumplió con dicho acuerdo; b) El Tribunal concedió a Benigno Saravia Sánchez la suspensión condicional de la pena, la cual fue observada porque no presentó el REJAP actualizado, siendo este el motivo para que no se extienda el correspondiente mandamiento de libertad; y, c) El accionante a través de su abogado, previamente a presentar la acción de libertad, debió solicitar que se le extienda el mandamiento de libertad, por lo que no cumplió el procedimiento establecido al no objetar la decisión del tribunal, siendo que  tenía la facultad de enmendar dicho error u omisión.  

Anay Añez Mendoza, Jueza del Tribunal de Sentencia Penal Séptima del citado departamento, mediante informe escrito de 13 de noviembre de 2018, cursante a fs. 12, señaló que: Su persona no participó de dicho acto procesal denunciado, puesto que se encontraba declarada en comisión por la Escuela de Jueces del Estado, realizando el curso de “Protocolo de dirección de audiencias de medidas cautelares” el 5 y 6 del citado mes y año, por lo que carece de legitimación pasiva para ser demandada, toda vez que, no vulneró ningún derecho del accionante.