Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2020-S4
Fecha: 20-Ene-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante sin mandato alegó que se vulneró su derecho a la libertad; toda vez que, siendo beneficiado con la suspensión condicional de la pena, los Jueces del Tribunal de Sentencia Penal Séptimo del departamento de Santa Cruz −ahora demandados−, hasta la fecha de interposición de la presente acción tutelar, no emitieron el correspondiente mandamiento de libertad a su favor, condicionando el mismo a la presentación del certificado de REJAP actualizado, así como los recibos de agua y luz, manteniéndolo indebidamente privado de su libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1.
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- disponiendo la libertad del condenado bajo determinadas medidas y condiciones de cumplimiento obligatorio
- que cuando la autoridad judicial hubiese concedido a un condenado, la suspensión condicional de la pena, por haber cumplido con los requisitos previstos en el art. 366 del Código de Procedimiento Penal (CPP), deberá también disponer, de forma inexcusable e inmediata, la libertad del beneficiado, con la finalidad de que el mismo pueda cumplir con las medidas y condiciones de cumplimiento obligatorio impuestas, puesto que sería ilógico que pueda cumplirlas, estando aún privado de libertad′
- III.2.
- CONFIRMAR