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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2020-S4
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2020-S4

    Fecha: 20-Ene-2020

    III.1.

    Al respecto, la SCP 0676/2016-S2 de 8 de agosto, señaló que: “‘El art. 366 del CPP, establece que: «La jueza o el juez o tribunal, previo los informes necesarios y tomando en cuenta los móviles o causas que hayan inducido al delito, la naturaleza y modalidad del hecho, podrá suspender de modo condicional el cumplimiento de la pena cuando concurran los siguientes requisitos:

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1.
    • a)
    • concedió
    • I.3. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • disponiendo la libertad del condenado bajo determinadas medidas y condiciones de cumplimiento obligatorio
    • que cuando la autoridad judicial hubiese concedido a un condenado, la suspensión condicional de la pena, por haber cumplido con los requisitos previstos en el art. 366 del Código de Procedimiento Penal (CPP), deberá también disponer, de forma inexcusable e inmediata, la libertad del beneficiado, con la finalidad de que el mismo pueda cumplir con las medidas y condiciones de cumplimiento obligatorio impuestas, puesto que sería ilógico que pueda cumplirlas, estando aún privado de libertad′
    • III.2.
    • CONFIRMAR

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