AUTO CONSTITUCIONAL 0134/2020-RCA
Fecha: 01-Oct-2020
que tiene por finalidad garantizar el cumplimiento de las normas constitucionales y legales
La SC 0258/2011-R de 16 de marzo, indica que: “…esta garantía constitucional jurisdiccional está prevista en nuestra Constitución como una acción de defensa, entendiéndola como la potestad que tiene toda persona -individual o colectiva- de activar la justicia constitucional en defensa de la Constitución Política del Estado y de las normas jurídicas, ante el incumplimiento de deberes concretos contenidos en ellas. Es una acción sumaria, ágil y expedita a favor del ciudadano, cuyo conocimiento compete a la jurisdicción constitucional, que tiene por finalidad garantizar el cumplimiento de las normas constitucionales y legales, otorgando seguridad jurídica y materializando el principio de legalidad y supremacía constitucional; de ahí que también se configure como componente esencial del subsistema garantista, ampliamente mejorado debiendo invocarse ante el incumplimiento de deberes específicos previstos en la Constitución y en la Ley” (las resaltadas son nuestras).
- Fragmento 1
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- La modalidad se aplicará en aquellos puestos en los cuales su función se puede desarrollar de manera no presencial, sin perjuidicio de afectar el cumplimiento de las metas y objetivos
- a)
- improcedencia
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- que tiene por finalidad garantizar el cumplimiento de las normas constitucionales y legales
- se busca la ejecución de los mandatos constitucionales y legales
- a) Incumplimiento de deberes procesales, directamente vinculados a un proceso jurisdiccional; y, b)
- ya que al existir un proceso judicial o un procedimiento administrativo, en el cual existen partes procesales con un interés concreto y cuya decisión surtirá efectos jurídicos solamente en relación a ellas, no es posible en estos supuestos activar la acción de cumplimiento, toda vez que la acción de amparo constitucional, para estos casos, es el medio idóneo y eficaz para restituir posibles derechos afectados
- II.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR