SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0530/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0530/2020-S2

Fecha: 13-Oct-2020

ROXANA VERONICA MEDINACELI GUZMAN

b)           Que, en su momento se dispuso el Auto de Apertura del proceso de Demolición de la construcción del muro perimetral 16/2017 y como medida provisional dispuso la paralización de las construcciones bajo pena de multa de Bs. 2000 o alternativa de ordenarse la demolición de las mismas. Empero la alcaldía de Tiquipaya pudiendo regularizar dicha construcción de verja por haber sido construida respetando los niveles, límites y rasantes, contando con el derecho propietario respectivo, los planos de lotes aprobados y los planos de construcción de verja, decide incumplir el procedimiento administrativo, el cual prevé que dichas construcciones son sujetas de legalización y no necesariamente de demolición, por lo que el GAM de Tiquipaya violando las leyes municipales, administrativas, civiles y constitucionales, ordena la demolición del muro perimetral.

c)           Que, no se puede utilizar el art. 56 de la CPE, como un capricho de las personas evadiendo las normas de construcción pública, y que en el presente caso se terminó una construcción con el pretexto de que cuenta con el título de propiedad, a tal efecto incumpliendo lo establecido en las normas municipales y control urbanístico.

2.- Se ordena a la propietaria ROXANA VERÓNICA MEDINACELI GUZMÁN, la cancelación por la legalización de muros perimetrales del lado Norte, parte del lado oeste y del lado Este y sea en el plazo de tres días bajo conminatoria de aplicarse las multas progresivas y compulsivas, a hacerse efectiva con el embargo de sus bienes” (sic [fs. 80 a 84 vta.]).