SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0535/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0535/2020-S2

Fecha: 13-Oct-2020

Fragmento 21

Por lo cual es inviable ingresar a resolver la cuestión planteada por el peticionante de tutela a través de esta acción de defensa, siendo que no existe correspondencia plena entre el acto denunciado y la autoridad demandada, por cuanto el representante del citado Concejo no tuvo conocimiento en la tramitación de la demanda formalizada por el accionante, por ello debe denegarse la tutela sin ingresar al fondo de la problemática.