SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0540/2020-S2
Fecha: 13-Oct-2020
II.8.
II.8. En virtud al oficio presentado el 15 de noviembre de 2019, dirigido al demandado, la parte peticionante de tutela, solicitó que conforme al DBC para la adquisición de bienes y la Minuta de Contrato ALC/171/2018 de 24 de diciembre y los Decretos Supremos (DDSS) 0181 y 1497 de NB-SABS, al no haber sido posible la presentación de desistimiento expreso para la firma de contrato por motivos de caso fortuito que fueron las mismas razones que hubieran justificado el desistimiento, se notifique a la empresa que representa en su condición de garante y directamente interesada, con la Resolución de Adjudicación y/o Declaratoria Desierta RPC ALC/030/2018, y en consecuencia se anulen los actos posteriores que deriven en la ejecución de pólizas de caución adjuntadas por Nacional de Seguros Patrimoniales y Fianzas S.A. y su autoridad realice las gestiones de cobro a ODELGA MED INTERNACIONAL mediante cooperación internacional, por afectarse derechos subjetivos de la empresa (fs. 88 a 90).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- estructura esta acción tutelar sobre la base de los principios de sumariedad, inmediatez, eficacia, idoneidad y oportunidad
- subsidiariedad y la inmediatez
- Este ámbito tutelar queda abierto siempre que no exista otro medio de protección inmediata para la protec
- Fragmento 19
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- la subsidiariedad del amparo
- 1) las autoridades judiciales o
- III.2. Sobre el proceso contencioso, su regulación en la normativa legal correspondiente y el ámbito de aplicación
- Para la tramitación de los procesos contenciosos y contenciosos administrativos, se aplicarán los Artículos 775 al 781 del Código de Procedimiento Civil, hasta que sean regulados por Ley
- el proceso contencioso
- procederá el recurso de casación
- Fragmento 27
- Por ello, las normas de aplicación exclusiva a los procesos de contratación por licitación pública, contratación por concurso de propuestas y contratos administrativos de adquisición de bienes y servicios, son las contenidas en las NB-SABS
- debe observar y ser respetuoso de los valores y principios contenidos y declarados en la NB-SABS, como son: responsabilidad, transparencia, integridad, justicia, verdad, respeto a las personas, contenidas en los arts. 7 a 14 de dichas normas y el respeto a los derechos fundamentales del administrado,
- ante la existencia de algún conflicto entre las partes involucradas en el contrato, corresponde ser dilucidado y resuelto en la jurisdicción contenciosa; es decir, activando un proceso contencioso, según lo previsto en la Ley 620 que rige este tipo de procedimiento
- las discrepancias suscitadas entre las partes durante la ejecución de un contrato suscrito dentro del marco normativo de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios o
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR