Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0542/2020-S4
Fecha: 06-Oct-2020
II.6.
II.6. En la prueba presentada por la autoridad demandada, cursa la Resolución del Consejo Universitario de la UMRPSFXCH H.C.U. 006/2019 de 13 de marzo, a través del cual, ratifica en todo su tenor el contenido de la RR 0140/2019 de 21 de febrero; y, autoriza al Rector de dicha casa superior de estudios a conformar la comisión de auditoría a objeto de establecer el cumplimiento o no del procedimiento y la normativa vigente en las convocatorias públicas a concurso de méritos y exámenes de competencias y/u oposición de las Carreras de Psicología y Pedagogía de la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación en el proceso de selección (fs. 1942).
- acción de amparo constitucional
- a)
- I.1.1.1. Demanda de Emilio Serrano Machuca
- 1)
- I.1.1.2. Demanda presentada por
- I.1.1.3. Demanda interpuesta por
- I.1.1.4. Demanda interpuesta por Rubén Saavedra Contreras
- I.1.1.5. Demanda interpuesta por Luis Fernando Acuña Ibarra
- I.1.1.6. Demanda interpuesta por Ariela Ballesteros Arrieta
- I.1.1.7. Demanda interpuesta por Juan Carlos Barrientos
- I.1.1.8. Demanda interpuesta por Rodo Robert López Aguanta
- I.1.1.9. Demanda interpuesta por Noelia Nancy Rodríguez Cortez
- I.1.1.10. Demanda interpuesta por Vincent Jan Nicolas
- I.1.1.11. Demanda interpuesta por Luis Gualberto Campuzano Paredes
- i)
- conceder parcialmente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.1.
- III.2. La acción de amparo constitucional no es una instancia casacional ni supletoria de ningún otro proceso ordinario ni administrativo
- III.3. La legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
- REVOCAR en parte