Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0553/2020-S1
Fecha: 05-Oct-2020
II.4.
II.4. Se tiene el informe de Narda Soria Galvarro Hinojosa, Jueza de Sentencia Penal Segunda en suplencia legal del Juez de Ejecución Penal Primero, ambos de El Alto del departamento de La Paz -ahora demandada-, en el cual, indica que ante el cumplimiento de los requisitos establecidos en el art. 138 de la LEPS señaló audiencia para el 21 de enero de 2020, actuado que fue suspendido para el 3 de febrero de igual año (fs. 17 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- 1)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- reparador
- restringido
- tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos, dentro de los plazos razonables, pues de no hacerlo podría provocar una restricción indebida del citado derecho
- III.2. Sobre la redención de condena
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19
- correctivo
- vida está en peligro.
- corpus traslativo o de pronto despacho