SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0573/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0573/2020-S2

Fecha: 21-Oct-2020

I.2.2. Informe de los demandados

Erwin Jiménez Paredes y Alain Nuñez Rojas, Vocales de la Sala Civil y Comercial, Familia Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante informe escrito presentado el 26 de noviembre de 2019, cursante a fs. 35 y vta., manifestaron que las denuncias aseveradas por la accionante sobre supuestos actos ilegales y omisiones indebidas que hubiesen provocado la restricción de sus derechos, así como una errónea interpretación del art. 249 del CPC, no es evidente; toda vez que, al momento de pronunciar el Auto de Vista 80/19, se efectuó una revisión exhaustiva de los antecedentes del proceso, donde se concluyó que el actuar de la Jueza a quo en el Auto Interlocutorio 94, era errado; razón por la cual, fue revocada y se ordenó se prosiga con la tramitación de la causa. Con base en lo expuesto, solicitaron se deniegue la tutela.