SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0575/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0575/2020-S4

Fecha: 16-Oct-2020

III.4.

La SCP 0035/2014-S1 de 6 de noviembre, señalada precedentemente, en cuanto al tema de referencia, luego de explicar las connotaciones del debido proceso y el derecho a la defensa, estableció que en ámbito educativo resulta viable la aplicación de sanciones, reflexionando sobre lo siguiente: “…lo que no conlleva la afectación del contenido esencial del derecho a la educación, resulta claro que las mismas deben ser impuestas en el marco de un debido proceso, en el que se respeten los derechos fundamentales del implicado en la conducta a ser sancionada, medida educadora que constituye un mensaje educativo-jurídico, en sentido de que la vida radica en un cumplimiento de derechos y deberes, y cuándo éstos no se cumplen existe una limitación a fin de reconducir la conducta hacia la observancia de las normas que conforman el sistema jurídico boliviano, que a su vez, conlleva a la convivencia pacífica en el Estado Constitucional, que debe garantizar el ejercicio, goce y disfrute de los derechos fundamentales de todos los bolivianos, sin privilegios de ninguna naturaleza.