SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0603/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0603/2020-S2

Fecha: 23-Oct-2020

Fragmento 17

Previo al análisis del objeto procesal de esta acción tutelar, cabe aclarar que si bien la misma fue interpuesta contra Zenón Edmundo Rodríguez Zeballos y Sigfrido Soleto Gualoa en su calidad de Vocales de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, de los datos que cursan en el expediente, se advierte que en el transcurso de la tramitación de esta acción de defensa que inicialmente fue declarada improcedente por la Sala Constitucional Tercera del mencionado Tribunal Departamental y posteriormente admitida por decisión de la Comisión de Admisión de este Tribunal, los miembros de dicha Sala Penal cambiaron, y en tal mérito se notificó con esta los actuales titulares, aspecto que no constituye un óbice en el tratamiento y resolución de lo pretendido; dado que, conforme lo establecido en el Fundamento Jurídico III.1 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, la legitimación pasiva de los funcionarios públicos no es personal, sino como autoridades que responden a una potestad pública determinada; por esa razón, la notificación a las actuales autoridades es plenamente valida a efectos de responsabilidad institucional así como la efectividad del presente fallo constitucional.