SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0624/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0624/2020-S4

Fecha: 28-Oct-2020

I.1.1. Hechos que motivan la acción

A raíz de un proceso penal seguido en su contra, por la presunta comisión del delito de tentativa de violación en grado de complicidad, que concluyó con resolución de sobreseimiento a su favor; se desarrollaron una serie de acciones, al interior de la Armada Boliviana, entre ellas un proceso administrativo en el que el Tribunal de Personal de la Armada Boliviana, emitió la Resolución 041/18 de 12 de abril de 2018, imponiéndole una sanción disciplinaria y ordenó su destino a la Letra “B” por el tiempo de seis meses, alegando que se había advertido inconducta profesional que afectaba la respetabilidad institucional; sin fundamentar de forma precisa y adecuada qué acciones o conductas realizadas por éste merecían tal determinación.

Pese a presentar recurso de reconsideración, la decisión asumida por el Tribunal de Personal de la Armada Boliviana, permaneció invariable, mediante Resolución 061/18 de 15 de junio de 2018; pues tampoco realizó una descripción precisa de su acción o los hechos que demuestren que incurrió en alguna conducta prohibida; en su lugar, de manera aventurada e infundada, introdujo un nuevo elemento, afirmando que se encontraba en estado de ebriedad, sin identificar en qué sustentaba tal afirmación.

Presentó su recurso de apelación, el 17 de agosto de 2018, mismo que fue resuelto por el Tribunal Superior del Personal de las Fuerzas Armadas del Estado, a través de la Resolución 46/18 de 6 de diciembre de 2018, confirmando las anteriores resoluciones emitidas (041/18 y 061/18); vale decir, la sanción de pasar a la Letra “B” de disponibilidad por el lapso de seis meses, si cumplir con la debida fundamentación, que precise la conducta en la que incurrió su persona y que ésta se hubiere subsumido en alguna norma específica.

Por otro lado, denunció que no se instauró ningún proceso sumario informativo militar, requisito indispensable entre otros, para aplicar alguna sanción, de conformidad a lo previsto en el art. 24 del Reglamento del Tribunal de Personal de las Fuerzas “CJ-RGA-205”; contando únicamente con el Informe de Asesoría Jurídica del Departamento I Personal.