SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0628/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0628/2020-S3

Fecha: 15-Oct-2020

III.1.

           La SCP 0903/2012 de 22 de agosto, citando a la SC 1461/2003-R de 6 de octubre, estableció que: “ʽ…la facultad de valoración de la prueba aportada en cualesquier proceso corresponde privativamente a los órganos jurisdiccionales ordinarios, por lo que el Tribunal Constitucional no puede pronunciarse sobre cuestiones que son de exclusiva competencia de aquellos, y menos atribuirse la facultad de revisar la valoración de la prueba que hubieran efectuado las autoridades judiciales competentes…ʹ.