SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0634/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0634/2020-S3

Fecha: 15-Oct-2020

I.1.1. Hechos que motivan la acción

En el proceso penal seguido por el Ministerio Público a denuncia de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia del Distrito 1 Cotahuma de la ciudad de Nuestra Señora de La Paz; y, Martha Beatriz Lazarte Rojas, Adhara Duseyka Torrico y Mirna Martha Gutiérrez Lazarte en su contra, por la comisión de los delitos de violación y abuso sexual, fue condenado a quince años de privación de libertad a ser cumplida en el Centro Penitenciario San Pedro de La Paz.

El 13 de febrero de 2020, a las 9:00 horas, inició la audiencia de juicio oral, la que concluyó el 16 del mismo mes y año, aproximadamente a las 21:00 horas con la lectura de la parte resolutiva de la Sentencia Condenatoria 016/2020; en aplicación del art. 361 del Código de Procedimiento Penal (CPP), se difirió la lectura íntegra de la citada Sentencia para el “21” -siendo lo correcto 18- de ese mes y año, a las 18:15 horas; empero, no se emitió la orden de conducción al Centro Penitenciario San Pedro de La Paz, para su traslado al Tribunal de Sentencia Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primero de la Capital del departamento de La Paz, puesto que se encuentra con detención preventiva; motivo por el que, se le impidió conocer cuáles fueron las causas, motivos y fundamentos por los que fue condenado; y asimismo, se le privó de plantear recurso de apelación restringida para buscar la nulidad de la citada Sentencia Condenatoria.

El art. 361 del CPP establece un plazo de tres días para la lectura íntegra de la sentencia y su posterior notificación; empero, hasta la fecha de presentación de esta acción tutelar no se le notificó con ningún nuevo señalamiento de audiencia para la lectura total de la Sentencia Condenatoria 016/2020, situación que vulnera sus derechos y garantías constitucionales.