Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0638/2020-S3
Fecha: 15-Oct-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad, al debido proceso y al principio de celeridad, en razón que la Fiscal de Materia ahora accionada pese a sus reclamos no emitió el requerimiento de homologación del Documento de Acuerdo Conciliatorio, suscrito el 26 de julio de 2019, por su persona y por la denunciante en el proceso penal, dejándolo en un total estado de indefensión e incertidumbre, situación que le impide tramitar la extinción de acción penal por conciliación.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- con relación al primer presupuesto
- con relación al
- CONFIRMAR