SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0681/2020-S3
Fecha: 12-Oct-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La parte impetrante de tutela denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación y congruencia, a la defensa, a la propiedad y al principio de acceso a la justicia, puesto que dentro de la demanda de acción reivindicatoria por mejor derecho propietario y restitución de propiedad, acción negatoria, desocupación y entrega de bien inmueble, más el pago de prestaciones de frutos civiles, admitida la misma y luego de haber sido ampliada contra los ocupantes del inmueble que declaró que desconocía, se recondujo el proceso al nuevo Código de Procedimiento Civil, para posteriormente el Juez de primera instancia -ahora coaccionado- declarara, entre otro aspecto, la improponibilidad de la demanda, siendo rechazada; y, en apelación, los Vocales hoy accionados contrariamente resolvió la legitimación activa agravando su situación existiendo una incongruencia externa entre la decisión cuestionada, el recurso de apelación y la decisión asumida por los referidos Vocales, puesto que son dos cosas diferentes establecer por no presentada la demanda y declarar improponible la misma; por lo que, en el caso no correspondía declarar improponible la demanda dado que su pretensión no es contraria al orden público ni a las buenas costumbres y que además conllevó a la legitimación suficiente para ser demandante; debieron otorgarle un plazo prudencial para que pueda subsanar requisitos de admisibilidad pero de ninguna manera restringirle el acceso a la justicia; dicha Resolución carece de fundamentación al confundirse al demandante con el demandado que no probó menos ratificó su respuesta, incidentes, excepciones, pruebas y otros; no se la protegió como propietaria y heredera desconociéndose los arts. 105.I y II, 113.II y 226.I del CPC, no se consideró que en la audiencia preliminar de 12 de julio de 2018, se le impidió producir prueba tanto testifical como documental, repudiando su derecho a la defensa; de igual manera desconocieron su derecho a la propiedad privada porque a través de fotocopias de supuestas ventas de otro bien diferente al de ella, terceros pretenden adjudicarse su propiedad y alquilan la misma sin ser propietarios.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades accionadas
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1. Revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- a menos que la accionante hubiera manifestado de manera precisa una errónea valoración de la prueba (individualizando la prueba y el alejamiento de los marcos de razonabilidad y equidad), una errónea interpretación del Derecho (precisando qué normas legales fueron erróneamente interpretadas y cómo estas interpretaciones vulneran derechos fundamentales de manera puntual y concreta); o, cómo los elementos de congruencia y fundamentación han sido vulnerados al emitirse una resolución judicial
- para lo cual corresponde que el peticionante de tutela explique de manera clara y concreta cómo la labor de la autoridad judicial o administrativa, ya sea en la interpretación de la norma o en la valoración de la prueba, o por afectación a los elementos de fundamentación y congruencia de la resolución, vulneró los derechos fundamentales y garantías constitucionales que invoca
- Fragmento 16
- III.2.
- un supuesto de 'motivación arbitraria' es cuando una decisión coincide o deviene de la valoración arbitraria, irrazonable de la prueba o, en su caso, de la omisión en la valoración de la prueba aportada en el proceso
- la estricta correspondencia que debe existir entre lo peticionado y lo resuelto
- este principio delimita el contenido de las resoluciones que deben pronunciarse en concordancia con el sentido y alcance de las peticiones formuladas por las partes
- III.3.
- improponibilidad puede ser objetiva
- revisión y verificación de la fundabilidad de una pretensión
- Fragmento 24
- III.4. Análisis del caso concreto
- rechazo subjetivo
- Fragmento 27