SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0695/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0695/2020-S3

Fecha: 14-Oct-2020

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público por la presunta comisión del delito de peculado, se encuentra detenido preventivamente hace más de once meses; por lo que, el “20 de diciembre de 2019”, solicitó la cesación de la extrema medida de conformidad al art. 239.1 del Código de Procedimiento Penal (CPP), modificado por la Ley de Abreviación Procesal Penal y de Fortalecimiento de la Lucha Integral Contra la Violencia a Niñas, Niños, Adolescentes y Mujeres -Ley 1173 de 3 de mayo de 2019-, pero desde esa fecha, la respectiva audiencia no pudo llevarse a cabo debido a constantes suspensiones por ausencia de “jueces”, ninguna autoridad resuelve su petición, argumentando que como no son titulares del caso, no tienen la obligación de tramitar el mismo; por tal razón acude a la justicia constitucional, debido a que se está vulnerando su derecho a la libertad; por lo cual, si el Estado no tiene suficientes “jueces” en el Distrito de Santa Cruz, pues tampoco deberían existir detenidos, ya que goza de la presunción de inocencia.