SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0697/2020-S3
Fecha: 14-Oct-2020
acción de libertad
En revisión la Resolución 01/2020 de 7 de marzo, cursante de fs. 60 a 63 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Jhamilca Nohely Flores Choque en representación sin mandato de Wilmer Antonio Mendoza Mendoza contra Jorge Luis Sotelo Beltrán, Luz Jenny Cano Céspedes y Andrea Graciela Quiroga De La Torre, Juez, Secretaria y Auxiliar del Juzgado de Sentencia Penal Primero; Roman Justo Guaqui Condori, Juez de Sentencia Penal Segundo; Carmen Rosa Ramos Pacheco, Secretaria del Juzgado Administrativo Coactivo Fiscal Tributario Primero; y, Kimberly Ticona Castedo, Auxiliar del Juzgado de Ejecución Penal Primero, en suplencia legal del Juzgado de Sentencia Penal Primero, todos de la Capital del departamento de Pando.
- acción de libertad
- I.1. Contenido de la demanda
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- REVOCAR en parte