ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0735/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0735/2020-S1

Fecha: 13-Nov-2020

1)

Luis Fernando Terán Oyola, Director Ejecutivo a.i. de la AGIT, por medio de memorial cursante de fs. 89 a 98 vta. y en audiencia, a través de sus abogados y apoderados, expresó lo siguiente: 1) La parte accionante incumplió los numerales 4 y 5 del art. 33 del Código Procesal Constitucional (CPCo); toda vez que, no identificó los derechos y garantías que se consideran vulnerados, la acción no contiene los requisitos mínimos para ser admitida, sus agravios son imprecisos y carentes de fundamento legal, no explica los derechos supuestamente transgredidos, no establece una relación de causalidad entre los hechos ocurridos y el derecho vulnerado, tampoco esta instancia constitucional no es una instancia casacional o revisora, razón por la cual, la presente acción es improcedente; y,        2) En cuanto al fondo, el Auto Supremo ahora impugnado, realizó una adecuada motivación y fundamentación y fue dictado en sujeción a los antecedentes y la normativa aplicable al caso, por lo que no existe acto ilegal que transgreda derechos y garantías de la parte accionante, razón por la que piden se deniegue la tutela solicitada.