ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0735/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0735/2020-S1

Fecha: 13-Nov-2020

III.3. Análisis del caso concreto

           Conforme los antecedentes analizados y compulsados, se advierte que la administración aduanera, interpuso demanda contenciosa administrativa impugnando la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 1638/2016 de 13 de diciembre, emitida por la AGIT, cuya providencia de admisión fue notificada el 7 de abril de 2017.

           Posteriormente, mediante Auto Supremo de 18 de abril de 2019, el Tribunal Supremo de Justicia a través de su Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda, declaró la extinción por inactividad, disponiendo el archivo de obrados; considerando que la entidad demandante abandonó la causa por más de dos años.

           Con estos antecedentes, la entidad accionante, refiere que con la emisión del Auto Supremo ahora impugnado, se vulneró su derecho al debido proceso, por cuanto la resolución cuestionada entra en franca contradicción con los datos procesales; toda vez que, la administración aduanera presentó dos memoriales, el 5 de diciembre de 2018 y 2 de mayo de 2019, poniendo a conocimiento del Presidente y Magistrados de Sala que en reiteradas ocasiones se apersonaron a Secretaría a objeto de encargar las provisiones citatorias, sin haber obtenido respuesta; por dicho motivo denuncia que la resolución ahora cuestionada, se constituye en lesiva a sus derechos, al haber declarado la extinción por inactividad sin que efectivamente haya existido abandono del proceso y menos indicar el numeral del art. 247 del CPC que se habría incumplido; aspectos que lesionan el derecho al debido proceso en su vertiente de un debida motivación, que tiene estrecha vinculación con el principio de congruencia, puesto que no hace referencia alguna al memorial de 5 de diciembre de 2018, en el que se dejó constancia de las dilaciones que acontecieron en la causa, ya que nunca dieron curso al diligenciamiento y entrega de las provisiones citatorias, y tampoco se obtuvo respuesta pronta y formal a los memoriales presentados el 5 de diciembre de 2018 y 2 de mayo de 2019.