ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0735/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0735/2020-S1

Fecha: 13-Nov-2020

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La parte accionante, denuncia la vulneración de su derecho al debido proceso en sus vertientes de un debida motivación y congruencia; así como, el derecho de petición, toda vez que el Auto Supremo de 18 de abril de 2019, que dispuso la extinción por inactividad de la causa, no consideró que la administración aduanera antes de la emisión de la resolución ahora cuestionada, presentó dos memoriales, a través de los cuales puso en conocimiento de los Magistrados de la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, que en reiteradas ocasiones se apersonaron a Secretaría a objeto de encargar las provisiones citatorias, sin haber obtenido respuesta, por cuyo motivo la resolución emitida lesiona el derecho al debido proceso al declarar la extinción por inactividad, sin que efectivamente haya existido abandono del proceso, tampoco indica el numeral del art. 247 del CPC, que se habría incumplido, no hace referencia alguna al memorial de 5 de diciembre de 2018, en el que se dejó constancia de las dilaciones ocasionadas al no dar curso al diligenciamiento de las provisiones citatorias; y lesiona también, el derecho a la petición, al no tener respuesta pronta y formal a los memoriales de 5 de diciembre de 2018 y 2 de mayo de 2019; por lo que solicita la concesión de tutela y se revoque la Resolución impugnada.