Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0619/2020-S2
Fecha: 09-Nov-2020
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 63/20 de 23 de febrero de 2020, cursante de fs. 33 a 35 vta., pronunciada por la Jueza de Instrucción Penal Segunda de El Alto del departamento de La Paz; y en consecuencia, CONCEDER la tutela impetrada, en los mismos términos dispuestos por la Jueza de garantías.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- La acción de libertad
- Toda persona que considere
- c) Acto y omisión que constituya procesamiento indebido
- la acción de libertad reparadora
- procesamiento indebido
- III.3. Análisis del caso concreto
- toda sanción, sea en el ámbito privado o público, debe ser impuesta previo proceso
- debido proceso se encuentra ligado de manera íntima con el derecho a la defensa
- el derecho de locomoción está vinculado directamente con la libertad física o personal, o con el derecho a la vida o la salud
- CONFIRMAR