SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0625/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0625/2020-S2

Fecha: 09-Nov-2020

III.5.  Análisis del caso concreto

           Corresponde a este Tribunal, en revisión de la acción de amparo constitucional formulada por Teresa Ruth Guzmán Carreño, determinar si la tutela requerida por la indicada es o no procedente, valorando fácticamente los hechos puestos a consideración de la justicia constitucional, debiendo considerarse que la acción de defensa se centra en denunciar en esencial la vulneración de sus derechos al debido proceso, en sus elementos de una debida fundamentación y motivación de las resoluciones, al “silencio administrativo y a la incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico (Ley 2341 y DS 27113), a la defensa y a la prohibición de toda forma de acoso laboral, por cuanto en el proceso por acoso laboral que siguió contra la Gerente Regional de BBVA Previsión AFP S.A. de Potosí, habiendo logrado la emisión del Pronunciamiento MTEPS/JDTP/RIEC/IR/02/2018, en su favor, no fue notificada en forma posterior con los recursos de revocatoria y jerárquico planteados por la denunciada, tampoco con el Auto de 12 de diciembre de 2018; mismos que conoció recién al ser notificada con la RM 523/19, que revocó el Pronunciamiento precitado, declinando competencia a la autoridad jurisdiccional pertinente, sin advertir la lesión de su derecho a la defensa, y que el jerárquico fue presentado fuera de plazo, en cuyo mérito, correspondía ser desestimado cumpliendo los parámetros del debido proceso, de una debida fundamentación y motivación.