SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0661/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0661/2020-S4

Fecha: 04-Nov-2020

II.2.

II.2.  Mediante Comunicado Interno RRHH-387/2019 de 25 de noviembre, Javier Fernando Pérez Antelo, ˮGerente General‶(sic) de FABOCE S.R.L. –hoy demandado– dio a conocer a la ahora accionante que de acuerdo a la programación de vacaciones y conforme al art. 33 del “D.S. de la LGT” (sic), se le otorga 18.5 días de vacación iniciando el mismo desde el 26 de ese mes hasta el 18 de diciembre de 2019, debiendo incorporarse el 19 de indicado mes y año (fs. 5).