SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0666/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0666/2020-S4

Fecha: 04-Nov-2020

a)

Juan Pablo Navía Miranda, representante legal de la empresa NAVIARTE S.R.L. a través de su abogado en audiencia manifestó que: a) El ahora impetrante de tutela, ingresó a trabajar el 15 de junio de 2019, demostrando una conducta no adecuada, salía fuera de hora y llegaba tarde, por todo ello, se procedió con su desvinculación, situación por la que acudió a la Jefatura del Trabajo, instancia que emitió conminatoria ordenando su reincorporación conforme al DS 0495 de 1 de mayo de 2010; en virtud a ello, se procedió a su reincorporación en razón de estar su concubina en etapa de gestación, con la aclaración de que no estaba exento de ser despedido nuevamente, no obstante a ello, no recapacitó y continuó con su mala conducta, por lo que, se elaboraron tres memorándums de llamada de atención; b) Ya se hizo una conminatoria y se dio cumplimiento a ello, pidiendo se dé observancia a los arts. 53.3 y 54 del Código Procesal Constitucional (CPCo), puesto que el accionante no acudió a la Jefatura del Trabajo a efectos de que se emita la correspondiente conminatoria; en cumplimiento al DS 0495 que en su art. 1, señala que para solicitar la reincorporación se debe acudir al Ministerio de Trabajo previamente, por lo tanto no se puede ingresar a analizar el fondo; c) Con referencia a las Sentencias Constitucionales Plurinacionales, presentadas como prueba, y aludiendo que fue despedido sin considerar el embarazo de su cónyuge, corresponde señalar que se lo reincorporó por el estado de gestación, empero no le exime de ser retirado por su mala conducta. Por todo lo expuesto, solicitaron se declare la improcedencia y se deniegue la tutela impetrada; y, d) Con referencia a los codemandados Abeg Castro Salvatierra y Jhonny Quispe Mamani, no hubo ninguna exposición de los motivos por los que se les demandó, siendo unos trabajadores más de la empresa.