Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0667/2020-S4
Fecha: 04-Nov-2020
II.3.
II.3. Cursa nota de 28 de mayo de 2019, recibida el 31 del mismo mes y año en oficinas del Sindicato de Minibuses en Servicio Urbano de Oruro, el accionante solicitó al Secretario General, que su solicitud de reincorporación al servicio de transporte en el Grupo Panteras, sea atendida y resuelta por la Asamblea General de Socios y emita una Resolución expresa al respecto (fs. 60).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- Concedió en parte
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- del contenido esencial del derecho de petición es la obtención de respuesta, en el ámbito de la eficacia horizontal del derecho de petición, debe resaltarse que el fundamento de este elemento, precisamente es la certidumbre
- Fragmento 11
- debe agotar todos los recursos ordinarios que la ley le franquea; dado que no corresponde a la justicia constitucional pronunciarse sobre aspectos que deben ser considerados y en su caso reparados en las vías
- Fragmento 13
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR